La profesión de Ingenieros Industriales a
diferencia de las otras Ingenierías Civiles se desarrolla mayoritariamente en
los sectores industriales privados, por necesidades de la Administración
Pública se creó por Real Decreto de 23 de marzo de 1911 el Cuerpo de Ingenieros
Industriales al Servicio del Ministerio de Economía Nacional, se encargará de
los cometidos de carácter técnico industrial confiados a la Dirección General
de Comercio, Industria y Trabajo, los Ingenieros Mecánicos que presten sus
servicios en las Divisiones de Ferrocarriles formaran parte del Cuerpo de
Ingenieros Industriales pero dependiendo de la Dirección General de Obras
Públicas, y por Real Decreto de 31 de enero de 1915 se creó el Cuerpo Especial
de Ingenieros Industriales al Servicio el Ministerio de Hacienda.
Con anterioridad, 15 de diciembre de 1915, por Real Orden se autoriza a usar a los
Ingenieros Industriales uniforme idéntico al de los demás Ingenieros civiles
excepto en el distintivo, que consistirá en un regulador de fuerza centrífuga
(bulto redondo), de plata, sobre un tubo en U (bulto redondo), también de
plata, cruzado por un imán y radiación (plano), de oro, orlado todo en ramas de
laurel, hojadas y con bayas de oro, surmontado el todo de la Corona Real en
oro.
Uniforme de gala.
Frac. De paño azul turquí,
Solapas con siete botones debajo de cada una, de las cuales se abrocharan las tres inferiores,
faldones rectos con carteras y tres botones debajo de cada una, además de los
dos del talle, bocamanga cuadrada con tres botones.
Botones
esféricos dorados con el emblema de Ingenieros Industriales rodeado con la
inscripción INGENIEROS INDUSTRIALES., tendrán un tamaño de 21 mm los de las
solapas, carteras y talle, las bocamangas y chaleco de 14 mm.
En
la solapa del cuello ira bordado el emblema, en las bocamangas los distintivos
de las distintas categorías, bordadas en oro;
Ingeniero
Ingeniero
Jefe
Ingeniero
Inspector
Chaleco. De cachemir blanco para
invierno y de pique para verano. Cuello recto, pequeño, redondeado y sin
solapas, con una sola hilera de nueve botones, de los cuales se abrochan los
cuatro inferiores.
Pantalón. De paño azul turquí con
franja de oro florliseada.
Corbata. De seda negra, excepto en
recepciones de gran gala que se usará de batista blanca. Su forma es de lazo y
nudo largo.
Guantes. De cabritilla blancos.
Sombrero. Apuntado con galón de oro
florliseado y la escarapela cogida con una presilla de cuatro cordones de oro
en cada lado y un plumero llorón de 23 cm. de plumas moradas. Los Inspectores
generales llevaran blancas las plumas en
su tercio superior y pluma negra rizada alrededor de las alas del sombrero.
Sable. Reglamentario que penderá
de un cordón morado con hilillo de oro y dos tirantes. Llevará portaguantes del
mismo cordón y borla dorada.
Faja. De seda morada con
bellotas y borlas de canutillo de oro para los Inspectores, con bellotas de
canutillo de oro y borlas de seda para los Jefes y con bellotas y borlas de
seda para los Ingenieros.
Bastón. Los Inspectores y los
Ingenieros Jefes con mando en provincia, usaran dentro de su jurisdicción, bastón de caña de India
con puño y borlas de cordoncillo de oro y bellotas de canutillo de oro y seda
morada.
Capota. De paño azul turquí con
embozos y cuello de terciopelo azul oscuro y tapaboca. Dos presillas de cordón
morado con hilillos de oro y en los extremos del revés del cuello los emblemas
de Ingeniero Industrial.
Medalla del Trabajo
Real
Decreto de 22 de enero de 1926
Condecoración
de carácter civil concedida por el Ministerio de Trabajo, Comercio e Industria
para premiar los servicios prestados en beneficio de la riqueza nacional en
todas las esferas que esta abarca.
La
medalla del Trabajo podrá otorgarse a título individual o colectivo a Corporaciones, Asociaciones o Empresas.
Categorías:
Medalla
de oro.
Medalla
de plata, subdividida en dos clases, 1ª y 2ª categoría.
Medalla
de bronce.
La medalla en todas sus clases tendrá la
forma de un octógono, en cuya parte superior y desde la anilla que forman los
tallos que caerán a los lados dos guirnaldas de roble hasta la altura de la
parte media de los lados contiguos a su base. El octógono tendrá una faja de
esmalte azul, bordeada del metal del que sea la medalla y sobre ella, en
blanco, la inscripción “AL MERITO EN EL
TRABAJO”. Su parte central la constituirá el relieve sobre la materia de la
medalla de las figuras alegóricas del trabajo y el capital y detrás España
sobre un sol. Estas figuras estarán
cortadas por un cuadrilátero irregular de esmalte blanco sobre el que destacara
el escudo nacional en sus colores.
En el reverso unas chimeneas humeantes sobre
el cielo, con la inscripción “REAL DECRETO DE 22 DE ENERO 1926”, y debajo sobre
el esmalte azul y sobresaliendo del cuadrilátero, los atributos de la
Industria, del Comercio y el Trabajo.
La cinta de la que pende será azul con cinco
rayas rojas. Sobre la cinta de la Medalla de Plata de 1º categoría llevara en
su parte central un pasador formado por dos ramas de roble en su mismo metal.
El número de Medallas de oro que puede
otorgarse será de 50 para las persona naturales y 25 para las Sociedades y
Corporaciones, y el de la Medalla de plata de 1ª categoría de 100 y 50
respectivamente.
Han colaborado Gri, Beltrán y DONPACO
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