martes, 13 de mayo de 2014

CABO 1º DEL SERVICIO DE AUTOMOVILISMO 1961-1975

   La Escuela Central de Automovilismo, hoy Escuadrón de Enseñanza de Automoción, fue creada el 21 de diciembre de 1954 con la misión de formar especialistas, impartir cursos de especialización en automovilismo para oficiales y suboficiales y realizar los cursos de capacitación y aptitud para el ascenso del personal especialista del Servicio de Automovilismo.


   Nuestro cabo 1º lleva el uniforme declarado reglamentario por Orden de 31 de Diciembre de 1960 (BOA nº5/61).

    El Uniforme constaba de gorro, cazadora y pantalón recto, confeccionado en tejido de lana color gris azulado, reglamentario en el Ejército del Aire.

   El 8 de julio de 1966 se crea la Escuela de Formación Profesional Industrial del Ejército del Aire, ubicada en este centro, con la misión de impartir las enseñanzas correspondientes a la rama del automóvil en sus especialidades de mecánica y electricidad.


  El gorro llevaba una vuelta enteriza del mismo género, con cruce en la parte delantera, terminado en pico. La parte alta de la vuelta bordada en todo su contorno de un “soutache” verde y bordado en su frente el emblema del Ejército del Aire.


   Distintivo de Conductor de Vehículos de Tropa. Este distintivo consiste en el emblema bordado del Ejército del Aire con un volante en su círculo central, que ira cosido en la parte superior de la manga izquierda del uniforme.

En la Orden de Vestuario del Ejército del Aire de febrero de 1962 entre las prendas relacionadas aparece referenciado el distintivo de brazo que al igual que la guerrera del uniforme tendrá una duración de 18 meses.

   El 12 de abril de 1967 se faculta a este centro para expedir permisos de conducción de las categorías A,B,C,D, y E.

El 9 de octubre de 1980 se modifica el nombre de la unidad, pasando a denominarse Escuela de Automovilismo.



Vemos un soldado conductor delante de un SEAT 1400

   Han colaborado Gri, Beltrán y DONPACO

miércoles, 7 de mayo de 2014

GRANADA DE MANO EA M-5


   Esta granada, fabricada por Explosivos Alaveses SA, estuvo de dotación en el Ejército Español en los años 80, en principio es de carácter ofensivo, pudiendo transformarse en defensiva mediante la adición de un vaso de acero de 206 grs, asimismo podía ser lanzada por el CETME mediante una bocacha aplicada al mismo.
 Pesa 290 grs, tiene 5 cms de diámetro y 10,5 cms de altura.


 Se puede elegir el modo de explosión girando la ranura de la parte superior: a percusión instantánea al chocar contra el suelo, posición I como en esta, o de retardo, posición R, que  provoca la explosión en 8 segundos, sirviendo como autodestrucción de la granada.




 Las granadas de dotación tenían el cuerpo de color negro o verde oliva, las de instrucción, inertes, de color azul y las de manipulación y enseñanza, de color naranja, pudiendo estar seccionadas como en este caso. (Le falta la cápsula de percusión instantánea).


 Se retiró del servicio debido a los fallos en el mecanismo de autodestrucción que hacían peligroso la recogida de granadas no explotadas.


También fue de dotación en el Ejército Argentino que la usó durante la Guerra de las Malvinas.

                      Ha colaborado Beltrán

    

jueves, 1 de mayo de 2014

GUARDIA CIVIL 2ª REPÚBLICA

   
   Con el advenimiento de la II República, el 14 de abril de 1931, continúan sin cambios los uniformes descritos en los Reglamentos de 1911 y1922, sustituyendo únicamente la escarapela roja y gualda por la tricolor y el emblema del Cuerpo, 20 de mayo de 1931, que suprimió la corona real estando sus iníciales GC, entrelazadas e inscritas dentro de una cartela, en el caso del cuello el emblema es calado, tanto el emblema de cuello como los botones son plateados

Uniforme de gran gala










   Para Gran Gala el peto es grana, se sujeta por dos hileras de 6 botones con el emblema de Cuerpo de color plateado.  Este se utilizara lo días uno de enero, Viernes Santo, Corpus Christi, la Ascensión, 25 de julio Santiago Apóstol y la Purísima Concepción. Para Gala, en 1922 se denominaba Media Gala, se utilizaba el peto por el lado azul del mismo color que la casaca, y se utilizaba los domingos y demás festivos.

Uniforme de gala



   Casaca de color azul tina con cuello recto y bocamangas granas, se abrocha mediante una fila de siete botones de pasta. El presillón, hombrera, de hilo blanco cosido en su extremo exterior a la casaca y sujeto por un botón pequeño plateado en el interior.  En los faldones sobre las puntas de las vueltas encarnadas de la casaca castillos y leones bordados de hilo blanco, introducidos en 1846, en su parte interior el forro es encarnado. En la espalda a la altura de talle dos botones grandes. En la parte posterior por encima de la bocamanga un botón pequeño.


  Foto familiar de un Guardia en uniforme de gala


 Han colaborado Gri, Beltrán y DONPACO

martes, 8 de abril de 2014

CRUZ DEL MERITO AERONÁUTICO DE 3ª CLASE CON DISTINTIVO BLANCO 1977


   Decreto de 5 de marzo de 1976. Reglamento de la Orden del Mérito Militar, Naval y Aeronáutico con distintivo blanco.
Real Decreto de 4 de enero de 1977. Se modifica el diseño de las condecoraciones de la Orden del Mérito Militar, Naval y Aeronáutico con distintivo blanco.


Decreto 1976.
Disposiciones Generales.
Objeto.- Esta recompensa en sus tres modalidades podrá concederse cuando se realicen servicios o trabajos de destacado mérito e importancia, así como por perseverancia en la distinción cuando previamente se hayan obtenid dos recompensas de “Mención Honorifica Especial”.

Categorías.-  -Gran Cruz para Generales y Almirantes.
                     -Cruz de Primera Clase para Jefes.
                     -Cruz de Segunda Clase para Oficiales.
                     -Cruz de Tercera Clase para Suboficiales-
                     -Cruz de Cuarta Clase para clases de Tropa y Marinería.

Concesión.- Podrán ser concedidas con pensión o sin ella. La concesión de las cruces no pensionadas corresponde al Ministro del Ejército al que pertenezca el interesado.

Requisitos para su concesión.-
a)       Ser autor de trabajos, estudios o inventos que el mando considere digno de recompensa.
b)       Destacar el en cumplimiento de los deberes militares y la prestación de sus servicios de manera que constituyan un mérito extraordinario apreciado por el mando.
c)       Haber obtenido previamente dos “Menciones Honorificas Especiales” cuya reglamentación se efectuara por los Estados Mayores de los tres Ejércitos coordinados por el Alto Estado Mayor.


Para la concesión de esta recompensa a Personal Civil, será preciso que los servicios o méritos por que se conceda sean excepcionales y muy distinguidos, así como estrictamente relacionados con las actividades propias del Departamento Militar correspondiente.

Para la determinación de la categoría que proceda, se tendrá en cuenta la importancia de los servicios o méritos, así como el rango profesional, intelectual, social o político de la persona recompensada.

 Estas recompensas, cuando se concedan  a personal civil, serán en todo caso  sin pensión.

Procedimiento para su concesión.-  Para la concesión de las cruces sin pensión, los Jefes de Unidades, Buques, Centros, Organismos y Dependencias de las Fuerzas Armadas, elevaran propuesta motivada por conducto reglamentario al Ministro correspondiente justificando los méritos de la persona que consideren acreedora de esta recompensa y acompañaran los informes, datos y circunstancias que estimen convenientes.
En caso de resolución favorable, la concesión será publicada por Orden Ministerial en el Diario o Boletín Oficial del Departamento.


Derechos y Beneficios.- El honor de poseerlas y de ostentarlas sobre el uniforme.

Diseño.- La Cruz de Tercera Clase consistirá en una cruz sencilla, de cuatro brazos rectos de plata y esmaltados en blanco y sobre ella el distintivo correspondiente, Merito Aeronáutico distintivo Ejército del Aire, el que en su círculo central ostentara el escudo de armas, cuartelado castillos, sobre esmalte rojo, y leones, sobre esmalte blanco, y escusón central con granada sobre esmalte azul. Sobre el brazo superior descansara un rectángulo en plata, que llevara inscrita la fecha y motivo de la concesión, y sobre él una Corona Real abierta en plata. Penderá de una cinta, de una longitud que no excederá de tres centímetros en su parte visible, que en su parte superior ira unida a una hebilla análoga a las usuales para condecoraciones que permitirá prenderla al uniforme.
La cinta de que penderán esas cruces será desde blanca con dos franjas rojas estrechas  que corran a lo largo de los bordes de la cinta iguales a la octava parte de su ancho.     


Real Decreto 1977
Diseño.-  Se modifica el diseño de las condecoraciones de la Orden del Mérito Militar, Naval y Aeronáutico con distintivo blanco sustituyendo la actual corona por la de su Majestad el Rey.

  Parte de las condecoraciones militares no son privativas del estamento militar, sino que pueden otorgarse, previa propuesta, a civiles.
  Presentamos un ejemplo de concesión a un civil, en este caso, un funcionario del Ministerio de Defensa al que el mismísimo Capitán General de la Tercera Región Aérea propone para ser agraciado con este premio.
  He aquí varios documentos del trámite administrativo y particulares del agraciado.






  Fotografías del acto de la condecoración aprovechando la solemnidad de una Jura de Bandera.






                                            Han colaborado Gri, Beltrán y DONPACO