miércoles, 7 de octubre de 2015

ORDEN DE LA REPÚBLICA COLECTIVA PARA LA GUARDIA CIVIL 1932-1939

                                     Decreto de 21 de Julio de 1932
                                     Decreto de 30 de Octubre de 1934
                                     Decreto de 11 de Febrero de 1935
                                     Decreto de 23 de Abril de 1936


Decreto de 21 de Julio de 1932

   Con el propósito de que puedan recibir honrosa recompensa por sus especiales merecimientos los ciudadanos que más de distinguen en el servicio de España y de la República, ha decidido el Gobierno crear una nueva Orden nacional genuinamente civil y desprovista de los caracteres incompatibles con el espíritu del nuevo régimen, que la tradición había mantenido en las antiguas condecoraciones.

   Solo habrá de otorgarse la Orden en casos muy señalados y para premiar méritos y servicios cívicos de positivo valer e indiscutible relieve.
   Fundado en tales motivos, a propuesta del Ministro de Estado y de conformidad con el Consejo de Ministros.


   Vengo a decretar lo siguiente:

   Artículo único Se crea la “Orden de la República” con arreglo al adjunto Reglamento, cuyas disposiciones entrarán en vigor desde su publicación en la Gaceta de Madrid.

NICETO ALCALA ZAMORA Y TORRES
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ESPAÑOLA 
 
La Orden constara de los siguientes grados:
Collar
Banda
Placa
Encomienda
Insignia de Oficial
Insignia de Caballero
Medalla de Plata
Medalla de Bronce

Decreto de 30 de Octubre de 1934

   Con ocasión de último movimiento revolucionario se han registrado en los Institutos y Cuerpo armado caos de verdadero heroismo, no solo de alguno de sus individuos, sino de sus unidades en masa, contribuyendo con ello de manera eficacísima a la defensa de la Patria ya a la mayor exaltación y gloria de la República.

   Como la Orden de la República, creada con el propósito de que puedan recibir honrosa recompensa por sus especiales merecimientos los ciudadanos que más se distingan en el servicio de España y la República, carece entre lo grados de la misma de una insignia que pueda otorgarse a unidades y colectividades, se estima necesario, a tal efecto, la creación de la CORBATA DE LA ORDEN DE LA REPÚBLICA.

   Con dicha finalidad, a propuesta del Ministro de Estado y previo acuerdo del Consejo de Ministros,
   Vengo en decretar lo siguiente:

   Artículo 1º. Se crea la Corbata de la Orden de la República, destinada a premiar, como recompensa colectiva, los actos heroicos de institutos armados o de colectividades civiles en el cumplimiento de su deber, o que hayan prestado excepcionales y especialísimos servicios de carácter cívico, humanitario, etc.

   Artículo 2º. Las insignias se colocaran en las banderas o estandartes y consistirá en una venera como la de la Encomienda, pendiente de un lazo con los colores de la Orden, ostentando además, dos cintas de igual clase que la Banda. Cintas de seda de color rojo fuerte, con franjas blancas estrechas a los bordes.
……
NICETO ALCALA ZAMORA Y TORRES
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ESPAÑOLA   

Decreto de 11 de Febrero de 1935

   De acuerdo con el Conejo de Ministros, a propuesta del de Estado.
   Vengo en conceder la Corbata de esta Orden al Instituto de la Guardia Civil, para premiar como recompensa colectiva los innumerables actos heroicos llevados a cabo por el personal del mismo y lo relevantes servicios de cráter cívico y humanitario que han rendido a España y  la República en el cumplimiento de su deberes. 

NICETO ALCALA ZAMORA Y TORRES
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ESPAÑOLA   

Decreto de 23 de Abril de 1936

   Al crearse por Decreto de 30 de octubre de 1934 la Corbata de la Orden de la República para premiar como recompensa colectiva los actos heroicos de Institutos armados o de colectividades civiles en el cumplimiento del deber, dejo de consignarse el uso del distintivo de esta Orden para el personal que gano la expresada Corbata, el cual existe creado para las principales Ordenes Militares, por lo que, de acuerdo con el Consejo de Ministros y a propuesta del de Estado.

Vengo a decretar lo siguiente:

   Artículo único. El personal de los Institutos armados que hayan ganado para sus Banderas la Corbata de la Orden de la República., ostentará como distintivo de esta condecoración las insignias de la Venera bordada en sus propios colores en el paño del uniforme correspondiente, y en el centro, sobre el disco o sol, el emblema del Instituto o Cuerpo respectivo.

   Este distintivo de 45 milimetros de diámetro, ira bordado o sujeto en el antebrazo de la manga izquierda del uniforme, por un imperdible oculto a la vista.

DIEGO MARTINEZ BARRIO
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ESPAÑOLA   


   Venera de la orden. Esta será de oro, formada por un disco o sol de esmalte ópalo; en cuya parte central se destaca un busto de mujer, que simboliza la República. Alrededor de este disco arrancan ocho brazos de esmalte rojo, bordeados de oro, y, entrelazadas, dos palmas de laurel, de esmalte verde.

El distintivo colectivo sustituye el busto de la mujer por el emblema del Instituto, en este caso por el emblema de la Guardia Civil.
En los disintivos bordados el emblema de la Guardia Civil viene representdo por las letras entrelazadas GC bordadas en plata. Generalmente van bordados sobre un disco del color del uniforme, gris-verde.

En los distintivos metalicos esmaltados el emblema viene representado por el nuevo aprobado para el Cuerpo el 30 de julio de 1935, letras GC entrelazadas bajo corona mural en plata, y la inscripción 11 FEBRERO 1935, en oro, fecha de la concesión de la Corbata de la Orden de la República.    

A partir de esta fecha, 23 de abril de 1936, iran cosidos en las bocamangas de las guerreras los distintivos colectivos.


   Han colaborado  Antu, Gri, Beltrán y DONPACO

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