Decreto de 5 de marzo de 1976. Reglamento de la Orden del Mérito Militar, Naval y Aeronáutico con distintivo blanco.
Real
Decreto de 4 de enero de 1977. Se modifica el diseño de las condecoraciones de
la Orden del Mérito Militar, Naval y Aeronáutico con distintivo blanco.
Decreto
1976.
Disposiciones Generales.
Objeto.- Esta recompensa en sus tres modalidades podrá concederse
cuando se realicen servicios o trabajos de destacado mérito e importancia, así
como por perseverancia en la distinción cuando previamente se hayan obtenid dos
recompensas de “Mención Honorifica Especial”.
Categorías.- -Gran
Cruz para Generales y Almirantes.
-Cruz de Primera Clase para Jefes.
-Cruz de Segunda Clase para Oficiales.
-Cruz de Tercera Clase para Suboficiales-
-Cruz de Cuarta Clase para clases de Tropa y Marinería.
Concesión.- Podrán ser concedidas con pensión o sin ella. La
concesión de las cruces no pensionadas corresponde al Ministro del Ejército al
que pertenezca el interesado.
Requisitos para su concesión.-
a)
Ser autor de trabajos, estudios o inventos que el mando
considere digno de recompensa.
b)
Destacar el en cumplimiento de los deberes militares y la
prestación de sus servicios de manera que constituyan un mérito extraordinario
apreciado por el mando.
c)
Haber obtenido previamente dos “Menciones Honorificas
Especiales” cuya reglamentación se efectuara por los Estados Mayores de los
tres Ejércitos coordinados por el Alto Estado Mayor.
Para la concesión de esta recompensa a Personal Civil, será
preciso que los servicios o méritos por que se conceda sean excepcionales y muy
distinguidos, así como estrictamente relacionados con las actividades propias
del Departamento Militar correspondiente.
Para la determinación de la categoría que proceda, se tendrá
en cuenta la importancia de los servicios o méritos, así como el rango
profesional, intelectual, social o político de la persona recompensada.
Estas recompensas,
cuando se concedan a personal civil,
serán en todo caso sin pensión.
Procedimiento para su concesión.- Para la concesión de las cruces sin pensión,
los Jefes de Unidades, Buques, Centros, Organismos y Dependencias de las
Fuerzas Armadas, elevaran propuesta motivada por conducto reglamentario al
Ministro correspondiente justificando los méritos de la persona que consideren
acreedora de esta recompensa y acompañaran los informes, datos y circunstancias
que estimen convenientes.
En caso de resolución favorable, la concesión será publicada
por Orden Ministerial en el Diario o Boletín Oficial del Departamento.
Derechos y Beneficios.- El honor de poseerlas y de
ostentarlas sobre el uniforme.
Diseño.- La Cruz de Tercera Clase consistirá en una cruz
sencilla, de cuatro brazos rectos de plata y esmaltados en blanco y sobre ella
el distintivo correspondiente, Merito Aeronáutico distintivo Ejército del Aire,
el que en su círculo central ostentara el escudo de armas, cuartelado
castillos, sobre esmalte rojo, y leones, sobre esmalte blanco, y escusón
central con granada sobre esmalte azul. Sobre el brazo superior descansara un
rectángulo en plata, que llevara inscrita la fecha y motivo de la concesión, y
sobre él una Corona Real abierta en plata. Penderá de una cinta, de una
longitud que no excederá de tres centímetros en su parte visible, que en su
parte superior ira unida a una hebilla análoga a las usuales para
condecoraciones que permitirá prenderla al uniforme.
La cinta de que penderán esas cruces será desde blanca con
dos franjas rojas estrechas que corran a
lo largo de los bordes de la cinta iguales a la octava parte de su ancho.
Real
Decreto 1977
Diseño.- Se modifica
el diseño de las condecoraciones de la Orden del Mérito Militar, Naval y
Aeronáutico con distintivo blanco sustituyendo la actual corona por la de su
Majestad el Rey.
Parte de las
condecoraciones militares no son privativas del estamento militar, sino que
pueden otorgarse, previa propuesta, a civiles.
Presentamos un
ejemplo de concesión a un civil, en este caso, un funcionario del Ministerio de
Defensa al que el mismísimo Capitán General de la Tercera Región Aérea propone
para ser agraciado con este premio.
He aquí varios
documentos del trámite administrativo y particulares del agraciado.
Fotografías
del acto de la condecoración aprovechando la solemnidad de una Jura de Bandera.
Han
colaborado Gri, Beltrán y DONPACO